
El Tribunal Administrativo del Cesar ordenó la vinculación del Concejo Municipal de Valledupar y del Departamento del Cesar a una acción popular relacionada con la ubicación y situación jurídica de la Cárcel judicial de Valledupar, ubicada en la capital cesarense.
La decisión fue adoptada mediante una providencia emitida el 11 de junio de 2026 por la magistrada Doris Pinzón Amado, dentro del proceso promovido por Daniel Alberto Daza Arias contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), el Municipio de Valledupar, el Ministerio de Justicia y del Derecho, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Según el expediente, la controversia gira en torno al predio donde funciona actualmente la Cárcel judicial, el cual habría sido destinado originalmente para proyectos de vivienda popular mediante el Acuerdo 05 de 1970. De acuerdo con los argumentos expuestos por el coadyuvante Jairo Ariño Miranda, no existiría evidencia de un acto administrativo que modificara esa destinación del suelo.
Tribunal busca esclarecer posible cambio irregular de destinación del suelo
Además, dentro del proceso se analiza si la transferencia del inmueble al INPEC se realizó sin la autorización previa del Concejo Municipal, pese a que existe una escritura pública que da cuenta de la entrega del terreno donde hoy opera la Cárcel judicial.
El Tribunal consideró necesario vincular al Concejo Municipal debido a su competencia en materia urbanística y por su posible participación en la definición del régimen jurídico del suelo. Asimismo, decidió incorporar al Departamento del Cesar al considerar que podría contribuir a la búsqueda de soluciones frente a la problemática que rodea la Cárcel judicial.
Durante la audiencia de pacto de cumplimiento también se mencionó la posibilidad de que el Departamento del Cesar done un lote para la eventual construcción de un nuevo centro penitenciario y el traslado de la Cárcel judicial fuera del actual perímetro urbano de Valledupar.
El tribunal estableció que las entidades vinculadas tendrán diez días para contestar la demanda y ejercer su derecho de defensa.




