Un juzgado de Bogotá ordenó este jueves 3 de septiembre al Gobierno de Abelardo de la Espriella y a las Fuerzas Militares abstenerse, de manera provisional, de realizar operaciones aéreas ofensivas contra objetivos de grupos armados cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes reclutados o utilizados por esas organizaciones.
La decisión fue adoptada por el Juzgado 34 de Familia de Bogotá, a cargo de la jueza Viviana Arciniegas Gómez, dentro del trámite de una acción de tutela presentada por Ower Jimmy Borda Parra para solicitar protección para los menores que podrían encontrarse en zonas donde se desarrollen operaciones militares.
La medida cautelar se conoce pocos días después de un bombardeo realizado en zona rural de El Retorno, Guaviare, donde murieron tres menores de edad. Medicina Legal informó sobre la identificación de los cuerpos, mientras las operaciones militares contra grupos armados generaron una nueva controversia sobre el uso de bombardeos cuando puede existir presencia de menores reclutados.



Juzgado exige evaluar alternativas antes de bombardear
El juzgado estableció que las autoridades deberán adoptar y verificar medidas de precaución y protección antes de ejecutar este tipo de operaciones. También tendrán que determinar, de acuerdo con la información disponible y los protocolos operacionales, si existe una alternativa menos lesiva para alcanzar el objetivo militar legítimo.
La orden cobija a la Presidencia, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada Nacional, dentro de sus respectivas competencias.
El juzgado aclaró que la medida es provisional y permanecerá vigente mientras se adopta una decisión de fondo sobre la tutela. Además, no constituye una prohibición absoluta de las operaciones militares legítimas, sino una aplicación del principio de precaución para proteger la vida y la integridad de los menores.
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