Un juzgado especializado en extinción de dominio de Bogotá falló a favor de la familia del ganadero José Guillermo Hernández, conocido públicamente como «Ñeñé«, y ordenó la restitución de 40 inmuebles, dos sociedades y miles de cabezas de ganado que habían sido ocupados por la Fiscalía General de la Nación desde junio de 2019. La decisión judicial concluyó que el ente acusador no logró demostrar que el patrimonio tuviera origen ilícito ni que existiera un vínculo directo con actividades criminales.
El fallo, contenido en una sentencia de primera instancia de 235 páginas, determinó que la actividad probatoria desplegada por la Fiscalía fue insuficiente para sostener la acción de extinción de dominio. De acuerdo con el juzgado, no se acreditó el nexo causal entre los bienes incautados y las conductas ilícitas que se pretendían atribuir al ganadero y a su entorno familiar.
Entre los activos que deberán ser restituidos se encuentran haciendas ubicadas en los departamentos del Cesar y Bolívar, dos apartamentos —uno en el norte de Bogotá y otro en Valledupar—, predios urbanos y rurales, lotes y más de 7.500 cabezas de ganado distribuidas en diferentes fincas ganaderas, además de las sociedades Inversiones Hernández López y La Gloria Ganadería, relacionadas con la actividad agropecuaria del núcleo familiar de «Ñeñé».
El juzgado fue particularmente crítico con los informes aportados por la Fiscalía, señalando que los documentos elaborados por la DIJIN y la Policía Judicial carecían de un estudio técnico y patrimonial serio que analizara de manera integral la evolución económica del investigado. Según la sentencia, dichos informes no evaluaron ingresos, egresos, capacidad productiva ni trazabilidad financiera, elementos esenciales en procesos de extinción de dominio.
Otro punto clave del fallo fue la valoración del testimonio del principal declarante del caso, José Carlos García Cataño, alias “La Penca”. El juez concluyó que sus declaraciones no permitieron individualizar los bienes perseguidos, ya que no se aportaron matrículas inmobiliarias, direcciones precisas ni nombres concretos de los predios. La única referencia específica mencionaba una finca “por Cartagena”, cuyo nombre el propio testigo dijo no recordar, lo que debilitó sustancialmente la tesis acusatoria contra «Ñeñé».
Por qué el juez falló a favor de la familia de «Ñeñé»
La defensa de la familia presentó peritajes contables y financieros que fueron valorados positivamente por el despacho judicial. Estos estudios indicaron que «Ñeñé» Hernández declaró ingresos superiores a 20.700 millones de pesos entre los años 2002 y 2017, con pasivos cercanos a los 2.400 millones, cifras que, según los expertos, resultan coherentes con su actividad ganadera sostenida durante décadas. Además, se estableció que las sociedades investigadas registraron ingresos respaldados y operaciones financiadas con recursos de origen lícito.
El proceso de extinción de dominio fue iniciado por la Fiscalía un mes después del asesinato de Hernández en Brasil, ocurrido en 2019 durante un asalto. En ese contexto, el ente investigador sostuvo que los bienes del ganadero hacían parte del supuesto brazo financiero de una organización criminal liderada por Marcos Figueroa, alias “Marquitos”, señalado narcotraficante de La Guajira. Sin embargo, el juzgado concluyó que dicha hipótesis no fue probada de manera concreta en el expediente relacionado con «Ñeñé».
La sentencia también recordó que otras investigaciones que relacionaban el nombre del ganadero con presuntos aportes irregulares a campañas políticas fueron archivadas tanto por la Fiscalía como por el Consejo Nacional Electoral, al no encontrarse evidencia suficiente de conductas punibles. Para el juez, estos antecedentes refuerzan la necesidad de decisiones basadas en pruebas sólidas y no en conjeturas o señalamientos indirectos.
Como parte de la decisión, el juzgado ordenó a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos, cámaras de comercio, secretarías de movilidad y al Instituto Colombiano Agropecuario actualizar la situación jurídica de los bienes y levantar de inmediato las medidas cautelares vigentes desde 2019. Aunque se trata de una sentencia de primera instancia, la Fiscalía aún cuenta con la posibilidad de apelar el fallo que favorece a la familia de «Ñeñé», lo que podría llevar el caso a un tribunal superior.
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