
Tribunal Administrativo del Cesar corre traslado de solicitud que busca suspender el nombramiento del contralor de Valledupar
La decisión judicial no implica la suspensión del funcionario, sino que abre el trámite para escuchar a las partes antes de resolver la medida cautelar solicitada dentro del proceso de nulidad electoral.
El Tribunal Administrativo del Cesar dio un nuevo paso dentro del proceso de nulidad electoral promovido contra el nombramiento de Juan Francisco Villazón Tafur como contralor del municipio de Valledupar para el periodo constitucional 2026-2029.
Mediante un auto fechado el 7 de julio de 2026, la magistrada ponente María Luz Álvarez Araujo ordenó correr traslado de la solicitud de medida cautelar presentada por el demandante, Ricardo Augusto Vives Fernández, quien pidió la suspensión provisional del acto administrativo mediante el cual el Concejo de Valledupar designó al jefe del organismo de control.
La providencia aclara que, antes de decidir si procede o no la suspensión provisional del nombramiento, es necesario garantizar el derecho de defensa de los demandados, razón por la cual el Tribunal concedió un término de cinco días para que el propio contralor, el Municipio de Valledupar y el Concejo Municipal presenten sus argumentos frente a la solicitud cautelar.
No hay suspensión del cargo
Aunque el auto ha generado interés en los círculos políticos y jurídicos de la capital del Cesar, la decisión no significa que Juan Francisco Villazón haya sido suspendido de sus funciones.
En realidad, el Tribunal únicamente activó el procedimiento previo que debe surtirse antes de adoptar una decisión sobre la medida cautelar solicitada por el demandante.
Es decir, el contralor continúa ejerciendo normalmente sus funciones mientras la corporación judicial estudia los argumentos de ambas partes y determina si existen los presupuestos legales para decretar la suspensión provisional del acto de elección.
¿Qué demanda el proceso?
La acción corresponde a un proceso de nulidad electoral, mecanismo previsto por la legislación colombiana para controvertir judicialmente la legalidad de una elección o de un acto de nombramiento cuando se considera que pudo haberse realizado con desconocimiento de las normas constitucionales o legales.
En este caso, el demandante cuestiona el acto contenido en el Acta No. 002 del 23 de enero de 2026, expedida durante una sesión extraordinaria del Concejo Municipal de Valledupar, mediante la cual fue designado Juan Francisco Villazón Tafur como contralor municipal para el periodo 2026-2029.
El Tribunal aún no ha decidido sobre el fondo de la demanda ni sobre la solicitud de suspensión provisional.
Garantías para todas las partes
En la providencia, la magistrada explica que, aunque el procedimiento electoral no establece expresamente la obligación de correr traslado de la medida cautelar, decidió aplicar de manera analógica el artículo 233 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
La finalidad, señala el despacho, es garantizar plenamente el derecho de defensa y contradicción de los demandados antes de adoptar una determinación que podría tener efectos sobre el acto administrativo cuestionado.
Esta actuación también se sustenta en precedentes de la Sección Quinta del Consejo de Estado, autoridad encargada de conocer los asuntos relacionados con procesos electorales en el país.
Lo que viene en el proceso: Tribunal garantiza el derecho de defensa de las partes
Con el traslado ordenado por el Tribunal, el contralor municipal, el Concejo de Valledupar y la administración municipal tendrán cinco días para responder a la solicitud de suspensión provisional.
Una vez vencido ese término, el expediente regresará al despacho de la magistrada ponente para resolver si concede o niega la medida cautelar solicitada por el demandante.
Posteriormente, el proceso continuará con el trámite correspondiente hasta que el Tribunal profiera una sentencia definitiva sobre la legalidad del nombramiento.
Un proceso con impacto institucional
La decisión que finalmente adopte la jurisdicción contencioso administrativa será determinante para el futuro de la Contraloría Municipal de Valledupar, entidad encargada de ejercer el control fiscal sobre los recursos públicos del municipio.
Por ahora, el proceso se encuentra en una etapa preliminar y no existe una decisión judicial que modifique la situación jurídica del actual contralor.
El auto también precisa que contra esta determinación no procede ningún recurso, por tratarse de una actuación de trámite dentro del proceso electoral.
Con este pronunciamiento, el Tribunal Administrativo del Cesar continúa el estudio de una controversia que será seguida de cerca por los sectores políticos, jurídicos y ciudadanos de Valledupar, debido a la relevancia institucional del cargo y al impacto que podría tener la decisión definitiva sobre el control fiscal del municipio. Tribunal Administrativo del Cesar corre traslado a solicitud para suspender el nombramiento del contralor de Valledupar
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