
La Superintendencia de Industria y Comercio determinó que se presentó una infracción a los derechos de propiedad industrial de Grupo Kvrass de Colombia S.A.S., relacionada con el uso de la marca “KVRASS”.
La decisión se tomó dentro del proceso adelantado contra Yader José Romero y Luis Carlos Campillo, quienes hicieron parte de Grupo Kvrass, Romero como vocalista y Campillo como acordeonero.
Según la sentencia, habrían utilizado los signos “KVRASS” y “EXKVRASS” para identificar servicios relacionados con actividades musicales y agrupaciones vallenatas.
Como consecuencia del fallo, la Superintendencia ordenó el cese inmediato del uso, promoción y comercialización de los signos “KVRASS” y “EXKVRASS”. También dispuso retirar de establecimientos comerciales, medios de comunicación, redes sociales y otros espacios cualquier contenido publicitario en el que se utilicen estas expresiones.
Grupo Kvrass y la disputa por la marca KVRASS
La medida incluye además el retiro de los productos comercializados bajo esas denominaciones, la destrucción del material publicitario relacionado y la publicación de la sentencia en un diario de amplia circulación nacional.
Asimismo, la entidad condenó a los demandados al pago de $5.260.672 por concepto de costas y ordenó una indemnización a favor de Grupo Kvrass por los beneficios económicos obtenidos, de acuerdo con lo establecido en la sentencia.
Tras conocerse la decisión , el grupo se pronunció mediante un comunicado, en el que calificó el fallo como una victoria legal y un respaldo a sus derechos de propiedad industrial, así como a la protección de su identidad y trayectoria artística.
Te puede interesar: Andrés Cepeda confirmó el lanzamiento de Big Band 2 para el 5 de agosto y destacó su dueto con Celia Cruz




