El Gobierno nacional expidió en Colombia el Decreto 0415 de 2026, con el que reglamenta el traslado de recursos desde los fondos privados de pensiones hacia Colpensiones para afiliados que cambiaron de régimen. La decisión del gobierno busca dar cumplimiento a la Ley 2381 de 2024, que abrió una ventana para que miles de ciudadanos migraran al Régimen de Prima Media.
Gobierno define reglas para traslado pensional
De acuerdo con la norma, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deberán transferir la totalidad de los ahorros individuales, incluidos los rendimientos financieros acumulados, de los afiliados que optaron por trasladarse. El gobierno estableció un cronograma claro para garantizar la eficiencia en el proceso y evitar retrasos en el reconocimiento de derechos pensionales.

Para quienes aún no se han pensionado, el decreto fija que las AFP deberán girar el 50 % de los recursos en un plazo máximo de 20 días, y el 50 % restante en los 10 días siguientes. En el caso de los afiliados que ya consolidaron su derecho pensional, el traslado deberá realizarse en un plazo máximo de 15 días desde la entrada en vigencia de la norma.
El gobierno explicó que esta medida responde a la necesidad de corregir un “descalce financiero” dentro del sistema pensional colombiano. Actualmente, Colpensiones está asumiendo el pago de mesadas de afiliados cuyos recursos continúan en manos de los fondos privados, lo que genera presiones fiscales.
Con este decreto, el gobierno pretende fortalecer la sostenibilidad del sistema, garantizar mayor coherencia financiera y asegurar que los recursos respalden efectivamente las obligaciones pensionales de quienes ya hicieron el cambio de régimen.
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