
Consejo de Estado anuló el concurso de méritos de Valledupar por fallas en la publicación de la convocatoria, decisión que afecta el proceso de selección para proveer cargos de carrera administrativa en el municipio y que solo tendrá efectos sobre las situaciones jurídicas no consolidadas.
La decisión fue adoptada por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, al resolver una demanda presentada por el Sindicato de Servidores Públicos Provisionales y de Carrera Administrativa de la Alcaldía de Valledupar (SINSERPROCAV) contra la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) y el municipio de Valledupar.
El alto tribunal concluyó que la convocatoria del concurso, correspondiente al Proceso de Selección 894 de 2018 para municipios priorizados PDET, no cumplió con la obligación legal de ser divulgada en medios de amplia circulación local, además de los canales virtuales. Según la sentencia, únicamente se acreditó la publicación en la página web de la CNSC, sin pruebas de la difusión regional exigida por la normativa vigente.
Consejo de Estado reiteró la importancia de la publicidad en los concursos públicos
Para el Consejo de Estado, esa omisión constituye una irregularidad insubsanable porque limita la publicidad del concurso y afecta principios como la igualdad, la transparencia y el acceso al empleo público mediante el mérito. En consecuencia, declaró la nulidad de los acuerdos que dieron origen y modificaron la convocatoria.
La corporación precisó que, al encontrar acreditado este vicio, no era necesario analizar los demás cargos planteados por los demandantes. Asimismo, aclaró que la decisión únicamente impactará las situaciones jurídicas que no se encuentren consolidadas y que no habrá condena en costas, al tratarse de un proceso de interés público.
Con este fallo, el Consejo de Estado reafirma la importancia de garantizar una amplia divulgación en los concursos públicos, especialmente en municipios priorizados, para asegurar la participación en igualdad de condiciones y el respeto por el principio constitucional del mérito.
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