
Con la entrada en vigor de la Jornada laboral de 42 horas semanales, las empresas ya no podrán exigir a sus trabajadores el cumplimiento de una jornada ordinaria superior al nuevo límite legal sin reconocer el pago de horas extras, de acuerdo con la Ley 2101 de 2021, que completó su implementación el pasado 15 de julio de 2026.
La reducción de la Jornada laboral representa uno de los cambios más importantes en la legislación laboral colombiana de los últimos años. La norma disminuyó de manera gradual la duración máxima de la jornada semanal, pasando de 48 a 42 horas, sin que ello implique una reducción del salario, las prestaciones sociales o los derechos adquiridos por los trabajadores.
Entre las principales restricciones para los empleadores está la prohibición de disminuir el sueldo como consecuencia de la reducción de horas trabajadas. Asimismo, cualquier tiempo laborado por encima de las 42 horas semanales deberá reconocerse como trabajo suplementario o de horas extras, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la legislación vigente.
Jornada laboral: así funciona el nuevo límite de 42 horas
Otro aspecto relevante es que las empresas deberán organizar los horarios respetando los límites legales de la jornada diaria y semanal. Aunque la ley permite distribuir las 42 horas en cinco o seis días, esa organización deberá ajustarse a las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y a los acuerdos entre empleador y trabajador cuando corresponda.
La nueva Jornada laboral también incrementa el valor de la hora ordinaria, debido a que el salario mensual permanece igual mientras disminuye el número de horas trabajadas. Esto impacta el cálculo de las horas extras, así como los recargos nocturnos, dominicales y festivos.
Las autoridades laborales reiteraron que el incumplimiento de estas disposiciones podría generar investigaciones y sanciones para las empresas. Con la implementación definitiva de la Jornada laboral de 42 horas, Colombia busca promover un mejor equilibrio entre la vida personal y el trabajo, sin afectar los ingresos de los empleados.
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