
«Epa Colombia» es condenada. Hoy 12 de agosto del 2021, en la segunda instancia, el Tribunal Superior de Bogotá condenó a 63 meses y 15 días de prisión a Daneidy Barrera.
Más conocida como Epa Colombia, quien estuvo ante los estrados judiciales por los actos de vandalismo que cometió en el marco del Paro Nacional en noviembre de 2019.
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En diciembre del mismo año. Aceptó los cargos por perturbación en servicio de transporte público, daño en bien ajeno e instigación a delinquir con fines terrorismo.
Está vez en la decisión, el magistrado le negó el beneficio de la detención domiciliaria y la condenó a una inhabilitación para el ejercicio del oficio de influencer. Por el mismo término de la sanción principal y el pago de una multa de 492 salarios mínimos.
Cabe recordar que, durante el paro nacional de 2019. Barrera se grabó mientras destruía estaciones de Transmilenio en Bogotá.
Por su parte, en un salvamento de voto, el magistrado del Tribunal de Bogotá Juan Carlos López dijo que no está de acuerdo con la condena a Daneidy Barrera, pues a su juicio se trató de un acto de vandalismo, no de terrorismo.
El magistrado escribió: “a mi manera de ver, la procesada (Daneidy Barrera) no actuó con un fin terrorista”. En sus palabras, el Tribunal de Bogotá confundió un acto de vandalismo con uno de terrorismo. “Valga advertir que no es dable asociar un acto de terrorismo, con un acto de vandalismo. El primer concepto refiere a quien provoque o mantenga un estado de zozobra o terror a la población o parte de ella. Utilizando medios que afecten varios bienes jurídicos, mientras el segundo, según la definición de la Real Academia. Se refiere al espíritu de destrucción que no respeta cosa alguna, sagrada ni profana”,






