El Juzgado Segundo de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Valledupar falló a favor de Jean Carlos López Rolón, aspirante a la Personería de Valledupar, en una acción de tutela presentada contra el Concejo Municipal. El fallo se basa en la presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso del candidato.
El conflicto se originó por la suspensión temporal del proceso de selección del personero municipal para el período constitucional 2024-2028, decisión tomada por el concejo municipal e impugnada por López Rolón.
El juez, tras analizar el caso, determinó que la suspensión del concurso de méritos por parte del concejo municipal fue una maniobra dilatoria, afectando a todos los participantes del proceso, no solo a López Rolón. Además, encontró que el concejo no actuó diligentemente para resolver las recusaciones presentadas en el tiempo establecido por su reglamento interno.

En respuesta, el juzgado ordenó al Concejo Municipal de Valledupar reanudar las etapas restantes del concurso de méritos en un plazo de 48 horas a partir de la notificación de la sentencia.
La responsabilidad ahora recae en el Concejo Municipal de Valledupar, que deberá cumplir con la orden judicial y asegurar que el proceso de selección del personero municipal se lleve a cabo de manera diligente, respetando los principios del debido proceso y la igualdad de oportunidades para todos los participantes.


Es de señalar que el fallo emitido por el Juzgado Segundo de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Valledupar puede ser impugnado y será remitido a la Corte Constitucional para su eventual revisión en caso de presentarse impugnaciones.

